Es una herramienta técnica que permite mitigar el impacto generado a las condiciones habituales de movilización y desplazamientos de los usuarios de las vías (peatones, vehículos, ciclistas, etc.) por la ejecución de una obra, evento o filmaciones audiovisuales, buscando garantizar la movilidad y seguridad vial para los usuarios que se vean afectados por intervenciones en el espacio público. Esto se da en cumplimiento de lo establecido en la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito en su artículo 99, 100 y 101, donde reglamenta los cierres en el espacio público, ya sea por actividades colectivas, competencias deportivas o por intervenciones de obra.
Objetivos
01
Desarrollar Lineamientos
02
Generar Hábitos
03
Definir Conductas
04
Eliminar Riesgos
¿Qué puede pasar a quienes no cumplan con el desarrollo del plan?
La ley ha asignado al responsable de cada organización la función de formular y presentar el PESV y la de asignar los recursos necesarios para su implementación. Esas asignaciones representan un deber legal que puede ser exigido pecuniariamente (por no atender el mandato legal) y/o fiscalmente (si la falta de adopción o de mecanismos de aplicación resulta en daños a personas o cosas), con sanciones de 1 hasta 1000 SMMLV en aplicación del Título 9 de la Ley 336 de 1996.